¿COMO CREAR UNA EMPRESA LEGAL?
Para crear un empresa debes tener claro el producto para ofrecer al publico
♦ PASO 1: crear un nombre para tu empresa y asegurarse que no lo tenga ninguna otra
♦PASO 2: crear una misión es decir, un motivo por permanecer a la empresa o una institución, este motivo debe ser del presente. La visión es el propósito que se quiere llegar a lograr en un futuro .
♦PASO 3: PRE-RUT. En la cámara de comercio puede tramitar el {PRE-RUT} es necesario presentar los siguientes papeles: formularios diligenciados,cédula y fotocopia del representante legal y de su suplente.
♦PASO 4: se podrá registrar la empresa después de estudios por la cámara de comercio, para esto debes pagar un impuesto este tiene un valor del 7% del capital registrado.
♦PASO 5: para crear la empresa legal es necesario que esta registrada en el PRE-RUT y tener una cuenta bancaria, sin esto la DIAN no procederá a registrar el RUT.
♦PASO 6: con el certificado bancario debes tramitar en la DIAN el RUT definitivo.
♦PASO 7: hay que llevar el RUT definitivo aportado por la DIAN a la cámara de comercio para que el certificado sea legal.
♦PASO 8: en la DIAN se debe solicitar una resolución de facturación . En el principio manual , sin facturas es posible contratar , pero no va hacer posible cobrar servicios.
♦PASO 9: se debe registrar la empresa en el sistema de seguridad social , para poder contratar empleados.
♦PASO 10: toda compañía debe tener libros de actas y libros de accionistas.
¿QUE ES Y PARA QUE SIRVE EL PRE-RUT?
En distintas ocasiones de la vida laboral y comercial nos es solicitado el registro único tributario, pero mucho no saben por qué. Conozca qué es, para qué lo necesita y cómo obtenerlo.
El RUT es administrado por la DIAN y constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio. Si usted es de los que no conoce el propósito de este documento, resuelva a continuación sus dudas.
¿ QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A INSCRIBIRSE EN EL RUT?
• Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta,
• Las personas y entidades no contribuyentes, declarantes de ingresos y patrimonio.• Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes a los regímenes común o simplificado.• Los agentes retenedores
• Los importadores y exportadore
• Las demás personas naturales o jurídicas que participen en las operaciones de importación, exportación y tránsito aduanero Los profesionales en compra y venta de divisas
• Las personas o entidades no responsables del impuesto sobre las ventas, que requieran la expedición de NIT, cuando por disposiciones especiales estén obligadas a expedir factura.• Las personas naturales que cumplen deberes formales a nombre de terceros.• Si contesta afirmativamente cualquiera de las siguientes preguntas, usted se encuentra obligado a inscribirse en el RUT: o ¿Es usted persona jurídica o natural que tenga la calidad de contribuyente declarante del impuesto sobre la renta? o ¿Su organización es no contribuyente del impuesto sobre la renta, pero se encuentra obligado a presentar declaración de ingresos y patrimonio?o ¿Es usted responsable del impuesto sobre las ventas perteneciente al régimen común ó simplificado?o ¿Es usted agente retenedor conforme lo señala el artículo 518 del Estatuto Tributario?o ¿Realiza operaciones de importación, exportación o tránsito aduanero?o ¿Se encuentra obligado a cumplir deberes formales a nombre de terceros, en su calidad de representante legal, revisor fiscal ó contador?o ¿Fue usted catalogado como profesional en compra y venta de divisas por parte de la DIAN?o ¿Requiere usted solicitar la Certificación de Acreditación de Residencia Fiscal y/o sobre Situación Tributaria?o ¿Se encuentra obligado a declarar el ingreso o salida del país de divisas o moneda legal colombiana en efectivo?o ¿Es usted un inversionista extranjero?o ¿Se encuentra usted obligado a expedir factura a pesar de no ser responsable del impuesto sobre las ventas, de acuerdo a disposiciones especiales o requiere la expedición de NIT como consecuencia del desarrollo de una actividad económica no gravada?o ¿Es responsable del impuesto nacional al consumo?o ¿Presta servicios de telefonía móvil?; oo ¿Es prestador del servicio de expendio de comidas y bebidas de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del Art. 512-1 del E.T? o ¿Es vendedor o importador de bienes de que trata los artículos 512-3,512-4 y 512-5 del E.T.?; oo ¿Actúa como intermediario profesional en la venta de vehículos usados?o ¿Es responsable del Régimen Simplificado del Impuesto nacional al consuno?o ¿Es productor o importador de gasolina y ACPM?o ¿Es contribuyente del Impuesto sobre la renta para la equidad – CREE?o ¿Es importador de maquinaria y sus partes (Decreto 2261 de 2012)?
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá requerir la inscripción de otros sujetos de obligaciones administradas por la entidad, diferentes a los ya enunciados en anteriormente.
¿EN QUE MOMENTO DEBO INSCRIBIRME EN EL RUT ?
Tratándose de nuevos obligados, la inscripción deberá efectuarse en forma previa:
• Al inicio de la actividad económica.
• Al cumplimiento de obligaciones administradas por la Dian.
• A la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.
¿ CÓMO ME INSCRIBO?
La inscripción en el RUT comprende el diligenciamiento del formulario a través del portal virtual de la Dian www.dian.gov.co (se puede hacer directamente por el interesado, o asistido por un funcionario acreditado en los puntos de atención a nivel nacional), y su posterior formalización, que conlleva la presentación de los documentos requeridos para el trámite en los puntos de contacto habilitados por la DIAN o ante la Cámara de Comercio en caso de necesitar matrícula mercantil.
Para realizar la inscripción por la página web de la DIAN, ingrese al enlace:
http://muisca.dian.gov.co/WebRutMuisca/DefInscripcionRutPortal.faces
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